NOTA DE PRENSA
El TSJA condena al Ayuntamiento de Marchena a indemnizar con 20.000 euros al GDR Serranía Suroeste Sevillana
El Alto Tribunal andaluz anula el fallo de instancia y dictamina que el desalojo de la antigua sede genera la obligación legal de resarcir económicamente los daños sufridos.
ARAHAL, 15 de octubre de 2026 – La Sección Tercera del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado una sentencia favorable a la Asociación de Municipios para el Desarrollo Rural Integral de la Serranía Suroeste Sevillana (GDR) en su litigio contra el Ayuntamiento de Marchena. La resolución judicial nº 849/26 condena a la administración local a abonar una indemnización de 20.000 euros a la entidad tras haber sido desalojada de la planta alta del edificio del antiguo Ayuntamiento, situado en la Plaza Ducal nº 1.
El Alto Tribunal estima el recurso de apelación del GDR y revoca la sentencia previa del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Sevilla. El fallo determina con claridad que la disposición del local «no responde a la de un precario», puesto que el convenio de cesión firmado por ambas partes constituía un «título ya habilitante» legítimo. Asimismo, los magistrados rechazan el argumento municipal de que las entidades sin ánimo de lucro que gestionan fondos europeos no sufren una «lesión económica» al ser desalojadas de sus instalaciones.
Desde la dirección del GDR Serranía Suroeste Sevillana han manifestado su satisfacción con una resolución que restablece la seguridad jurídica: «Esta sentencia del TSJA hace justicia a los acuerdos institucionales”.
LA JUNTA DIRECTIVA



