Según lo establecido en la base octava por parte de la secretaria de la Comisión de Selección se ha procedido a valorar los méritos presentados por los candidatos/as admitidos/as según el baremo previsto en el anexo II de las bases específicas. Por tanto, se procede a aprobar y publicar el listado provisional con la puntuación total obtenida, desglosada en puntuación de formación complementaria y puntuación de experiencia profesional. Tal y como establece la citada base octava se fija un plazo de cinco días hábiles para que las personas relacionadas en el listado puedan presentar reclamaciones o subsanación de errores.
Descargar Listado Provisional Baremación Primera Fase